La Municipalidad de Winifreda comenzará a cobrar a partir de septiembre las cuotas a nueve adjudicatarias del Plan Provincial Viviendas Sociales La Pampa.
El importe incluirá el valor de la vivienda, del terreno y los servicios de infraestructura. Se actualizará mensualmente en base a la fórmula denominada Unidad de Vivienda (UVI).
Todos estos aspectos están asentados en la ordenanza municipal, aprobada por unanimidad, que establece el marco jurídico que regula el uso, la locación habitacional y el pago de cuotas por parte de las nueve adjudicatarias beneficiadas con la referida operatoria habitacional. Sus casas fueron inauguradas y entregadas en septiembre de 2023.
De acuerdo al texto de la nueva normativa, la comuna fijó el precio base de cada vivienda, terreno y servicios de infraestructura en la suma de 50.300 UVIs (Unidades de Viviendas). Dicho importe surge como resultante de aplicar las UVIs otorgadas en su momento por el Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda al municipio para la construcción de cada inmueble, incluyendo terrenos y servicios.
Banco Central.
El valor mensual de cada UVI es publicado diariamente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) en su sitio web oficial. A fecha 8 de agosto de 2024 era de $874,87, precio que tendría en cuenta la comuna al momento de imprimir la primera facturación.
Las 50.300 UVIs serán canceladas en hasta 480 cuotas mensuales, iguales y consecutivas de 104,79 UVIs abonándose la primera en el período 09/2024. El importe de la cuota mensual se efectuará tomando como referencia el valor UVI correspondiente al día 15 de cada mes publicado por el BCRA. De mantenerse los $874,87 y multiplicado por 104,79 da un importe de $91.677 para la primera cuota.
Los cupones de pago se emitirán a nombre de Ana Belén Thome, Daiana Toranzo, Lucía Cortez, Cecilia Prado, Yanina Müller, Cecilia Navarro, Belén Villada, Cintia Bustos y Mariela González.
Derechos y obligaciones.
De acuerdo a la ordenanza, las adjudicatarias tienen la obligación de habitar de manera efectiva la casa con su grupo familiar y no pueden vender el inmueble por el término de 15 años. Asimismo están impedidas de arrendar, transferir, hipotecar en segundo o tercer grado, celebrar contratos de comodato u otros derechos que impliquen restricción sobre el bien gravado ni efectuar cualquier otro acto jurídico que tenga por objeto la disminución de la garantía hipotecaria que se instrumentó a favor de la municipalidad.
Además, están obligadas a mantener la vivienda en perfectas condiciones de uso y conservación y se deberán abstener de ejecutar acciones que puedan perjudicarla o disminuir su valor. La ordenanza también indica que las adjudicatarias deberán mantener al día el pago de las tasas contributivas y suministrar al acreedor – el municipio- cuando este lo requiera, la información y documentación que acredite la situación del inmueble.
Otro artículo señala que el incumplimiento de la obligación de ocupación efectiva por el grupo familiar adjudicatario, debidamente acreditada por el Ejecutivo Comunal, provocará la revocación de pleno derecho del dominio otorgado y su restitución al municipio.
Recupero.
Al momento de aprobar la ordenanza, la concejala Adriana Herlein manifestó que el municipio «debe empezar a recuperar el dinero para construir nuevas casas y de esa manera salvar la necesidad habitacional que hay en la localidad». Su par Miguel Platner se pronunció en igual sentido.
Foto: Familias que habitan las Viviendas Sociales La Pampa.
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